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  • 1. Todos los españoles tienen los mismos derechos y obligaciones en cualquier parte del territorio del Estado.
  • 2. Ninguna autoridad podrá adoptar medidas que directa o indirectamente obstaculicen la libertad de circulación y establecimiento de las personas y la libre circulación de bienes en todo el territorio español.


  • Las áreas de servicio para autocaravanas suponen posibilitar de forma ordenada un turismo de gran potencial económico para la ciudad que hasta ahora no haya apostado por él.

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    [Cartagena - Murcia] La Policía intensifica los controles para evitar que las autocaravanas acampen en La Azohía

    Un agente, en el solar que hay junto a la playa de La Chapineta, en La Azohía, ayer, durante el desalojo de las autocaravanas. / La Verdad

    Un agente, en el solar que hay junto a la playa de La Chapineta, en La Azohía, ayer, durante el desalojo de las autocaravanas. / LA VERDAD

    Agentes municipales desalojan a campistas por segunda vez en 10 días y el Ayuntamiento pide a la Comunidad que actúe contra ellos

    ANTONIO LÓPEZ  - Jueves, 7 marzo 2019

    A los dueños de autocaravanas les va a ser, a partir de ahora, más difícil acampar en La Azohía e Isla Plana donde les plazca. La Policía Local ha intensificado los controles en los solares, las ramblas y las calles donde son estacionados los vehículos, para acabar con las quejas de los vecinos y las malas prácticas de unos turistas que vierten las aguas negras en las alcantarillas o directamente en el terreno donde aparcan. Los campistas también hacen la colada y la comida al aire libre, bañan a sus mascotas en los lavapiés de playa e, incluso, según denuncian los residentes, sustraen agua de las arquetas o de las viviendas, para llenar sus depósitos. 

    Por segunda vez en menos de diez días, dos agentes municipales enviados por el concejal de Seguridad, Manolo Mora, realizaron ayer una batida por las diferentes zonas donde hay caravanas, para informar a los ocupantes sobre la prohibición de acampar. Fuentes del Gobierno local explicaron que lo único que se puede hacer es tomar nota de las matrículas de los vehículos y trasladar esa información a la Comunidad Autónoma, «que es el órgano que realmente puede tomar medidas concretas al respecto», indicó una portavoz autorizada. 

    Sin embargo, fuentes de la administración regional, concretamente de la Consejería de Turismo, negaron la mayor, ya que es el Ayuntamiento quien tiene la competencia de sancionar y de actuar en este asunto, porque los turistas están en una zona municipal. Si fuera un área de playa correspondería a la Demarcación de Costas y si fuera de rambla, a la Confederación Hidrográfica del Segura (CHS), añadieron. Solo si hubiera lucro en la acción, es decir, si el dueño del solar se beneficiara económicamente y no lo declarara, la Comunidad podría actuar. 

    De hecho, la administración local tiene la obligación de crear una ordenanza municipal que regule el sector, porque así fue aprobado en mayo del año pasado en un Pleno. Normativa similares han realizado ya en otras zonas de la Región, donde también tienen la misma problemática. 

    San Javier y Los Alcázares

    Dos ejemplos de ello son San Javier y Los Alcázares, donde la normativa dice que está prohibido acampar en un radio de un kilómetro y medio de distancia al casco urbano. Además, fija multas de 751 a 1.500 euros. En estos casos, la Policía Local hace una labor preventiva, informando antes de sancionar a las caravanas estacionadas, y está equipada con cepos para inmovilizar los vehículos. Solo sancionan cuando los dueños de las autocaravanas despliegan toldos, mobiliario o esterillas, como hacen en La Azohía e Isla Plana, porque de lo contrario el vehículo solo cuenta como que está estacionado en la vía pública. 

    El último municipio en aprobar su ordenanza fue Ricote, a finales de octubre de 2018. Entre otros servicios, los campistas puede acampar en un solar vallado y vigilado, y por dos euros tener acceso a agua. 

    Algo similar es lo que han solicitado tanto Cartagena Sí se Puede (Podemos) como Ciudadanos. Exigen la creación de una zona regulada «para acabar de esta manera con el descontrol, los asentamientos y las acampadas indiscriminadas en las zonas y calles del municipio, tal y como prohibe el artículo 151.23 de la ordenanza de Tráfico y Circulación». Así lo recogió la moción presentada el pasado año por la primera de estas formaciones. Ciudadanos llevará a Pleno otra, para crear una zona con servicios para este tipo de turismo. 

    Hacerlo legal

    A pesar de que la legislación permite la acampada libre a un máximo de tres autocaravanas y solo durante tres días, los vecinos han llegado a contabilizar entre 200 y 300 vehículos a lo largo de semanas, incluso meses, sobre todo de octubre a abril. Las conducen franceses, alemanes, británicos, holandeses e italianos. La mayoría son jubilados que buscan en la costa cartagenera disfrutar del buen tiempo, frente al frío de sus lugares de origen. Los vecinos de estos pueblos también piden una regulación para convertir algo ilegal en legal, ya que suponen beneficios para los comerciantes y empresarios de la zona. 

    Los campings piden una regulación por parte del municipio

    El presidente de la Asociación Murciana de Campings, Alfonso Morcillo, dijo ayer que lo que necesita Cartagena para acabar con el problema de las autocaravanas acampados en cualquier lugar es una regulación municipal. «Solo así, como ya han hecho otros pueblos, como San Javier y Los Alcázares, que tenían el mismo problema, podrán solucionar este tema, que no conviene en nada a la imagen turística del municipio», indicó. Para él, lo más preocupante de esta situación es el escaso control que hay de estos turistas, ya que «no sabemos de dónde vienen, a dónde van y ni tan siquiera si tienen antecedentes penales». En su opinión debería estar más regulado, por la seguridad de todos. 

    Fuente:

    [Castilla-La Mancha] AECCAM: "Las áreas de pernocta para autocaravanas que se creen en Ciudad Real deberán estar reguladas para ser legales"

    Recuerda que deberán cumplir con el decreto 94/2018 de 18 de diciembre que regula la ordenación de los campings
    Así lo han dicho los empresarios de campings de Castilla-La Mancha

    La Comarca 07/03/2019 

    Ante la noticia de la creación de una red de áreas de pernocta en autocaravana en la provincia de Ciudad Real, los Empresarios de Campings de Castilla La Mancha (AECCAM) recuerdan que deberán cumplir con el decreto 94/2018 de 18 de diciembre que regula la ordenación de los campings y las áreas para autocaravanas en Castilla La Mancha, si no quieren ser consideradas ilegales. 

    A pesar de las recomendaciones y reuniones realizadas y mantenidas por AECCAM con la Diputación Provincial de Ciudad Real se ha presentado un plan que supone la creación de una red de áreas de pernocta, utilizando fondos FEDER, con un importe de 1,2 millones de Euros (800 millones de los FEDER), una importante cuantía tan necesaria para la lucha contra el paro y el desarrollo económico de Ciudad Real y que será utilizada para una actividad privada de un sector privilegiado de la sociedad que nada aportará a nuestra provincia. 

    Aún así, la asociación de empresarios de campings de Castilla la Mancha, no se opone a la creación de áreas de autocaravanas en municipios donde no se dé este servicio a estos turistas, pero cumpliendo con la regulación que indica el decreto 94/2018. 

    Por tal motivo, los Ayuntamientos deberán tener en cuanta las siguientes normas si no quieren incurrir en un delito legal y por tanto ser denunciados: 

    Capítulo I Disposiciones generales 

    Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación. 

    1. El presente decreto tiene por objeto la ordenación de los establecimientos de alojamiento turístico extrahotelero que, dentro del ámbito territorial de Castilla-La Mancha, se dediquen a prestar, de forma profesional y habitual, alojamiento mediante precio en las modalidades de: 

    a) Camping o campamento de turismo. 

    b) Área para autocaravanas. 

    Esto implica que se deberá cobrar un precio por estancia, no pueden ser gratuitas. 

    Artículo 2. Definiciones. 

    A los efectos de lo dispuesto en este decreto se entiende por: 

    b) Área para autocaravanas: el espacio de terreno debidamente delimitado, dotado y acondicionado, abierto al público, para su ocupación temporal y uso exclusivo de autocaravanas o vehículos similares, y de las personas que en ellas viajen y en el que, además de los servicios de mantenimiento, estacionamiento y pernocta, se prestan aquellos regulados en el presente decreto, además de los relativos a control de accesos y regulación de permanencia. 

    Ayuntamiento o particular que incumpla este decreto a la hora de realizar un área de pernocta, será denunciado por instalación ilegal.  

    Capítulo II Servicios comunes: 

    Deberán cumplir con todos estos servicios comunes que ya cumplen campings, hoteles o cualquier otro establecimiento turístico. 

    Artículo 10. Suministro de agua y tratamiento de aguas residuales. 

    Artículo 11. Suministro de electricidad.  

    Artículo 12. Vallado y cierre de protección. 

    Artículo 14. Recepción. 

    1. En todos los campings y áreas para autocaravanas existirá una recepción de clientes que, tendrá una superficie adecuada a la capacidad del establecimiento. La recepción, que deberá estar próxima a la entrada principal y debidamente atendida, facilitará a los usuarios cuanta información necesiten sobre los servicios, horarios y demás cuestiones de interés relativas al funcionamiento del establecimiento. 

    Artículo 15. Seguridad y vigilancia. 

    Capítulo IV De las áreas para autocaravanas de Castilla-La Mancha 

    Artículo 24. Condición de establecimientos públicos. 

    3. En las áreas para autocaravanas la duración del estacionamiento no podrá, en ningún caso, ser superior a 48 horas. 

    6. El catálogo de instalaciones, locales y servicios de uso común, mínimos, para las áreas para autocaravanas es el que viene recogido en el Anexo III. 

    Anexo III 

    Catálogo de instalaciones, locales y servicios de uso común, mínimos, para las áreas de autocaravanas. 

    1. Lavabos, WC y duchas, todos ellos independientes para hombres y mujeres, a razón de uno por cada 20 plazas de estacionamiento de que disponga el establecimiento. De una a 20 plazas contará con un mínimo de un lavabo, un WC y una ducha independiente. Deberá contar con un lavabo, un WC y una ducha independiente más por cada 15 plazas a partir de 20. 

    2. Un punto de abastecimiento de aguas limpias y un punto de tratamiento de residuos, consistente en un sistema diferenciado para el vaciado del depósito de aguas usadas (aguas grises) y de los residuos biológicos del váter (aguas negras) conectado a la red de saneamiento o fosa séptica, con grifo de enjuague y limpieza para dicho depósito por cada 20 plazas de estacionamiento de que disponga el establecimiento. De una a 20 plazas contará con un mínimo de un punto de abastecimiento de aguas limpias y un punto de tratamiento de residuos. Deberá contar con un punto de abastecimiento de aguas limpias y un punto de tratamiento de residuos más por cada 15 plazas a partir de 20. 

    3. Un punto limpio por cada 20 plazas de estacionamiento de que disponga el establecimiento, que podrá estar o no integrado en la zona de muelle. De una a 20 plazas contará con un mínimo de un punto limpio. Deberá contar con un punto limpio más por cada 15 plazas a partir de 20. 

    4. Servicio de agua caliente en el 50 por ciento de las duchas y lavabos. 

    5. Tomas de corriente junto a los lavabos. 

    6. Servicios sanitarios para personas con discapacidad 

    Artículo 26. Superficie y capacidad. 

    1. La superficie total del área para autocaravanas estará dividida en dos partes: una zona para estacionamiento y estancia de las autocaravanas y de las personas que en ellas viajen, que no podrá superar el 75 por ciento de dicha superficie total, dividida en plazas de aparcamiento perfectamente delimitadas, y otra, constituida por el resto de la superficie del área, destinada a instalaciones de mantenimiento, viales interiores, servicios comunes y, en su caso, zonas verdes. 

    Fuente: