¡ somos turistas, no delincuentes ! Autocaravanistas por sus derechos: miércoles, 15 de julio de 2015
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Artículo 139 Constitución Española.-
  • 1. Todos los españoles tienen los mismos derechos y obligaciones en cualquier parte del territorio del Estado.
  • 2. Ninguna autoridad podrá adoptar medidas que directa o indirectamente obstaculicen la libertad de circulación y establecimiento de las personas y la libre circulación de bienes en todo el territorio español.


  • Las áreas de servicio para autocaravanas suponen posibilitar de forma ordenada un turismo de gran potencial económico para la ciudad que hasta ahora no haya apostado por él.

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    ¿Puedes acampar en la playa en tienda o en autocaravana?

    Una de las preguntas que más se repiten en verano es si es legal acampar en la playa en tienda de campaña o en autocaravana. En España, la legislación es bastante dura al respecto: aquí te aclaramos algunos puntos sobre acampadas, furgonetas y autocaravanas que debes saber. Aunque ya te adelantamos que los campings con acceso al mar son la mejor solución.

    Fuente original: http://www.consumer.es/web/es/viajes/ideas_y_consejos/2015/07/08/222156.php

    Fuente:

    [ Cataluña ] El Govern regula las áreas de autocaravanas, viviendas compartidas y albergues

    BARCELONA, 14 Jul. (EUROPA PRESS) -

       El conseller de Empresa y Empleo de la Generalitat, Felip Puig, ha expuesto este martes en el Consell Executiu las líneas de la nueva regulación de los alojamientos turísticos en Catalunya, que contempla la regularización y ordenación las áreas de acogida de autocaravanas, viviendas compartidas y albergues turísticos.

       En rueda de prensa tras el Consell Executiu, Puig ha destacado que se trata de "una puesta del Govern para acreditar los servicios turísticos que se ofrecen y exigirles calidad", y ha destacado que el reglamento es una herramienta para los ayuntamientos que decidirán si lo aplican o no.

       En este sentido, ha contrastado el modelo del Govern, que ha calificado de proactivo, con el del Ayuntamiento de Barcelona que ha tachado de "prohibitivo" después de la decisión del gobierno municipal liderado por Ada Colau de aprobar una moratoria de licencias turísticas; aunque ha matizado que no contrarresta la medida que espera concluya lo más pronto posible.

     Según Puig, la suya es una apuesta por un turismo responsable y sostenible, por lo que "era necesaria una reordenación de las modalidades de alojamiento que existen" y, además, regular aquellas que han aparecido en los últimos años y que estaban exentas de normas.

       Así, estas nuevas modalidades turísticas quedarán sujetas al impuesto sobre estancia en establecimientos turísticos, con un importe mínimo de 0,65 euros en Barcelona y 0,45 euros en el resto de Catalunya.

       Las áreas de acogida de autocaravanas han sido descritas como espacios debidamente delimitados y abiertos al público para la ocupación exclusiva de autocaravanas en tránsito, a cambio de contraprestación económica: no admiten elementos fijos como bungalows y permiten una estancia máxima de 48 horas.

       Para poder compartir vivienda, el oferente --que también será responsable de infracciones e incumplimientos de las obligaciones-- debe ser propietario, estar empadronado y pernoctar durante la estancia, y podrá ceder un máximo de dos habitaciones cuatro meses al año.

       En relación a los albergues turísticos, son definidos como alojamientos que prestan un servicio temporal en dormitorios con capacidad múltiple, y como condición de prestación de servicio debe incluir la limpieza periódica de las instalaciones comunes y las unidades de alojamiento.

       Según el Govern, el objetivo de esta nueva regulación es racionalizar y simplificar la normativa turística, a través de un reglamento único de turismo; ordenar y regularizar la oferta de alojamiento turístico en sus diferentes tipologías, y cumplir con el Plan Estratégico de Turismo, en el ámbito de la modernización y actualización de la normativa turística existente.


    MODIFICACIONES EN MODALIDADES DE ALOJAMIENTO


       La nueva regulación también constará de modificaciones en modalidades de alojamiento turístico que ya existían.
       Se permite el régimen de condominio en la titularidad del inmueble que se constituya como establecimiento hostelero o apartamientos turísticos; se equipara el concepto de 'mobil-home' y bungalow, se aumenta el porcentaje de elementos fijos permitidos en un cámping (del 40% al 50%), y los cámpings pasaran a categorizarse con el símbolo de estrellas.

       También se añade que cualquier vivienda que se comercialice a través de una comercializadora turística se considerará turística, y el ayuntamiento podrá requerir al propietario que informe a los vecinos de la apertura de la vivienda de uso turístico.


    INSPECCIONES Y SANCIONES


       En lo referente a la inspección, se dota a la administración de nuevos instrumentos jurídicos y procedimientos para perseguir la actividad turística ilegal.

       Además, la normativa se adecua al nuevo marco de régimen de declaración responsable definido por la Ley de Simplificación aprobada por el Parlament, y se implanta la Ventanilla Única Empresarial (Fue) como instrumento interadministrativo de interlocución única con la empresa.

    Fuente: