El pleno aprueba la Ordenanza sobre civismo
El Ayuntamiento quiere evitar los cuantiosos gastos económicos que provocan los comportamientos vandálicos e insolidarios sobre el mobiliario y los espacios públicos, y promover conductas solidarias de cooperación y respeto a la convivencia vecinal
El Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana ya dispone de una Ordenanza destinada a regular el uso cívico de los espacios públicos y privados del municipio, y a promover comportamientos responsables y conductas solidarias de colaboración y cooperación entre los vecinos.
El texto normativo recibió la aprobación inicial del Pleno de la Corporación este lunes, con el voto favorable del grupo de gobierno PP-AV y de las dos concejalas del Grupo Mixto, y con la abstención de los ediles del PSOE y de NC.
Dicha Ordenanza, que sanciona y multa los comportamientos vandálicos y aquellos que perjudican y atentan contra la convivencia y la conservación y protección de los inmuebles y espacios libres públicos, tiene su fundamento en una normativa semejante aprobada por el Ayuntamiento de Barcelona, según explicó el alcalde Marco Aurelio Pérez.
Con esta Ordenanza el gobierno municipal pretende sobre todo evitar los atentados contra el mobiliario y el patrimonio público, que obligan al Ayuntamiento a importantes desembolsos económicos para labores de reparación, reposición, limpieza y mantenimiento “que podrían destinarse a otros cometidos mucho más necesarios”, dijo el alcalde.
Autoridad y sanciones
Para encarrilar esos comportamientos, esta Ordenanza de civismo promueve la rehabilitación de los infractores, pero también sanciones con multas económicas que van de los 120 hasta los 3.000 euros.
En la aplicación de la Ordenanza jugará un papel muy importante la autoridad de los agentes de la Policía Local, que se convertirán en los principales defensores del civismo público en contra de las conductas que alteren, perturben o lesionen la convivencia vecinal.
Entre las prohibiciones que esta Ordenanza contempla destacan por ejemplo la prostitución y los juegos de apuestas callejeras; el acopio de enseres, materiales o muebles en los balcones; tender la ropa en terrazas o azoteas vistas desde la calles; la mendicidad insistente, intrusiva, agresiva o incluso organizada; el mal uso de los servicios públicos; la movilización malintencionada de los servicios de urgencia; el uso de artículos pirotécnicos; hacer las necesidades fisiológicas en los espacios públicos; los botellones; las macrofiestas sin autorización; la venta ambulante; los echados de cartas; la realización de masajes y/o tatuajes; las estatuas vivientes; acampar en los parques; dormir en los bancos; bañarse o lavar la ropa en las fuentes o estanques; practicar el nudismo; estacionar caravanas o autocaravanas en la vía pública; los grafitis; el mal uso de las papeleras y, entre otras, usar pegatinas publicitarias en el mobiliario urbano.
El objetivo del gobierno municipal una vez que se apruebe definitivamente esta Ordenanza tras su plazo de exposición pública es editar una guía práctica sobre la misma para distribuirla ampliamente entre los centros públicos, educativos y culturales, entre los colectivos sociales y vecinales, deportivos, mercados y oficinas de turismo, hoteles y restos de establecimientos públicos.
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